FC Treptow e. v.
Estatutos del FC Treptow eV (a partir del 11 de mayo de 2017)
Tabla de contenido
I Disposiciones generales
§ 1 Nombre, forma jurídica, ejercicio económico
§ 2 Objeto, tareas
§ 3 Estructura
§ 4 Afiliación
§ 5 Objetivos varios
Membresía II
§ 6 Miembros
§ 7 Adquisición de membresía
§ 8 Derechos de los miembros
§ 9 Deberes de los miembros
§ 10 Fin de la membresía
§ 11 Contribuciones y cuotas del club
§ 12 Sanciones y Quejas
III Órgano
§ 13 Órganos
§ 14 Asamblea General (MV)
§ 15 Consejo de Administración
§ 16 Deberes del consejo de administración
§ 17 Tablero de control
IV Varios
§ 18 Exclusión/limitación de responsabilidad
§ 19 Bienes del club
§ 20 Disolución del club
§ 21 Entrada en vigor, etc.
I. Sección
DISPOSICIONES GENERALES
§ 1 Nombre, forma jurídica, ejercicio económico
(1) El club, fundado el 19 de mayo de 1994, se llama "Fußball Club Treptow e. V."
(2) La asociación tiene su sede en el distrito berlinés de Treptow – Köpenick y está inscrita en el registro de asociaciones con el número 14907 en el tribunal de distrito de Berlín-Charlottenburg.
(3) El ejercicio económico es el año natural.
§ 2 Objeto, tareas
(1) La asociación y sus órganos (artículo 13) realizan regularmente su trabajo de forma voluntaria en el marco de sus funciones. Sin embargo, esto no entra en conflicto con el hecho de que la asociación paga una asignación global para gastos según el artículo 3, número 26 de la EStG, sin una prueba individual del beneficiario, dentro del importe de la exención fiscal aplicable. En general, si es necesario, los cargos del club también pueden ejercerse dentro del marco de las posibilidades presupuestarias sobre la base de un contrato de servicios o mediante el pago de una asignación global adecuada que supere el importe de la exención según el artículo 3, número 26 a EStG. La decisión sobre dichas actividades remuneradas del club la toma la asamblea general. El Presidium decide sobre el contenido y las condiciones del contrato. La asociación también tiene derecho a contratar personal a tiempo completo o parcial por una remuneración adecuada.
(2) Los ingresos y beneficios se utilizarán exclusivamente para fines no lucrativos. Los miembros no reciben ninguna donación de los fondos del club. Ninguna persona podrá beneficiarse de gastos ajenos al objeto de la asociación ni de remuneraciones desproporcionadamente elevadas.
(3) La asociación es política, religiosa y étnicamente neutral.
§ 3 Estructura
Para cada deporte practicado en el club se puede crear un departamento independiente o dependiente. La creación o supresión de un departamento deberá solicitarse por escrito a la junta directiva del club. La aprobación se otorga por mayoría simple de votos del directorio. Los propios departamentos regulan sus asuntos deportivos y económicos en el marco de estos estatutos, sin que ello afecte al interés general del club. Las disposiciones de estos estatutos se aplican en consecuencia a la asamblea general, a las elecciones y a la composición de las juntas departamentales.
§ 4 Afiliación
(1) El club es miembro del Landessportbund Berlin e. V. (LSB), en la Asociación de Fútbol de Berlín (BFV) y en las asociaciones profesionales pertinentes en relación con sus departamentos.
(2) El club y sus miembros reconocen las normas de la Federación Alemana de Fútbol (DFB) y de otras asociaciones y gestionan los departamentos de aficionados en este marco. Te comprometes a seguir las resoluciones dictadas por los órganos de las asociaciones antes citadas o responsables y a reconocer sus decisiones.
(3) Los estatutos, reglamentos y decisiones de los órganos de la DFB emitidos por la DFB en el ámbito de su responsabilidad son directamente vinculantes para el club y sus miembros.
(4) Para los fines antes mencionados, la asociación transfiere su propia autoridad asociativa sobre sus miembros a la BFV para su ejercicio. Al mismo tiempo, autoriza a la BFV a transferir a la DFB la competencia asociativa que le ha confiado. Mientras la BFV y la DFB no ejerzan el poder del club en un caso concreto, el ejercicio del club no está restringido.
(5) La dimisión del BFV sólo podrá decidirse por mayoría de tres cuartos en una asamblea general.
§ 5 Objetivos varios
(1) La asociación se siente especialmente comprometida con los principios de equidad y se esfuerza por transmitirlos no sólo a todos sus miembros, sino también a más allá. El juego decente (fair play) tiene prioridad sobre el éxito deportivo.
(2) La asociación no acepta la discriminación contra otros, ya sea dentro o fuera de la asociación. Cualquier comportamiento racista y/o inhumano será rigurosamente sancionado por la junta. Todos los jugadores, entrenadores, supervisores y especialmente los funcionarios del club deben influir en consecuencia sobre los espectadores/padres u otros invitados.
(3) Además de promover el deporte, el club se siente especialmente comprometido con la protección de los niños y jóvenes. Se asegurará de que se creen las mejores condiciones marco posibles para contrarrestar cualquier problema.
(4) El objetivo es proporcionar a todos los miembros un mayor acceso a los medios electrónicos y al sistema de información informático mantenido por la asociación y la BFV con el fin de ofrecer la mayor transparencia posible y una política de información óptima.
(5) La asociación se esfuerza por garantizar a sus miembros la protección de datos más amplia posible. Sin embargo, para garantizar el trabajo y las tareas de la asociación es imprescindible el tratamiento de datos, teniendo en cuenta, por supuesto, la Ley Federal de Protección de Datos. Además, se hace referencia al artículo 9, apartados 8 y 9.
II. Sección
AFILIACIÓN
§ 6 Miembros
(1) La asociación tiene miembros ordinarios y extraordinarios.
a) Son socios titulares: Los socios activos y pasivos que tengan capacidad jurídica, así como los socios honorarios.
b) Son socios extraordinarios: los jóvenes menores de 18 años, sin plena competencia jurídica y exclusivamente solidarios.
(2) Los miembros honorarios son:
a) Personas que hayan realizado aportaciones especiales al club. Usted puede ser nominado como miembro honorario por la junta directiva. El nombramiento como miembro honorario se hace de forma vitalicia por acuerdo del consejo.
b) Los miembros honorarios tienen derecho a votar en la asamblea general
(3) Los miembros de apoyo pueden ser personas físicas y jurídicas. No tiene derechos ni obligaciones como resultado de la membresía.
§ 7 Adquisición de membresía
(1) Cualquier persona con buena reputación puede convertirse en miembro. Se requiere una solicitud escrita firmada a mano y al mismo tiempo reconociendo los estatutos y reglamentos de la asociación.
(2) Cuando los jóvenes presentan una solicitud, también se requiere el consentimiento por escrito de su representante legal.
(3) La junta decide sobre la admisión. Se debe informar al solicitante sobre esto.
(4) La membresía comienza el día de la admisión. Al hacerlo, el socio se somete a los estatutos y reglamentos del club y de las asociaciones a las que pertenece el club.
§ 8 Derechos de los miembros
(1) Todo socio tiene derecho a participar plenamente en la vida del club y a utilizar todas las instalaciones del club.
(2) Sólo los miembros de pleno derecho tienen derecho a votar en la asamblea general y en su respectivo departamento. El derecho pasivo a votar para la junta directiva en el sentido del § 49 176 62922382 sólo existe después de al menos un año de membresía en la asociación.
(3) Cada miembro debe recibir los estatutos de la asociación si lo solicita.
(4) En caso de sanciones internas del club por parte de la junta directiva, todo socio tiene derecho a apelar ante la Junta Reguladora. Más detalles se regulan en la Sección 12.
§ 9 Deberes de los miembros
(1) Se deben promover los objetivos de la asociación. Todos los miembros del club están obligados a comportarse de forma deportivamente justa y a mostrar consideración mutua.
(2) Todos los miembros están obligados a comportarse de acuerdo con los estatutos y demás reglamentos de la asociación.
(3) Las cuotas de membresía deben pagarse por adelantado. Más detalles se regulan en la Sección 11.
(4) Se deberán seguir las resoluciones y órdenes de la junta.
(5) Los cambios de dirección y las actualizaciones de los números de teléfono deben informarse a la oficina de inmediato.
(6) Los deportistas de fútbol en activo no podrán jugar activamente al fútbol al mismo tiempo en otro club.
(7) La incorporación a otro club deportivo deberá ser comunicada a la junta directiva.
(8) Al unirse al club, cada socio declara su consentimiento para que se puedan utilizar imágenes de cualquier tipo como parte del trabajo de relaciones públicas del club (sitio web, folletos, periódico del club, comunicados de prensa, etc.), siempre que estén relacionadas al stand de afiliación y actividades del club. En particular, la asociación podrá utilizar estas imágenes sin tener que obtener el consentimiento por separado de la persona antes de cada publicación prevista. El consentimiento solo incluye expresamente el permiso para utilizar datos personales (por ejemplo, nombre, equipo) en la medida en que sean relevantes para la publicación.
(9) Además, la asociación tiene derecho a procesar datos personales si esto corresponde al propósito de la asociación o a una relación contractual con el interesado. Además, se le permite procesar datos personales si es necesario para proteger un interés legítimo de la asociación o si se trata de datos generalmente accesibles y no hay razón para suponer que los afectados tengan intereses predominantemente legítimos en excluir el procesamiento o tener uso.
§ 10 Fin de la membresía
(1) La membresía termina cuando el miembro se retira, es excluido o fallece.
(2) Una vez finalizada la membresía, se deben devolver todos los artículos pertenecientes a la asociación.
(3) La declaración escrita de renuncia deberá llegar a la oficina. Se aplica un plazo de preaviso trimestral del 30 de junio al desistimiento. o 31 de diciembre. del año en curso.
(4)
a) La exclusión puede producirse en caso de infracción grave de los estatutos, si hay atrasos en las cotizaciones de más de seis meses y en caso de otras conductas perjudiciales para la asociación.
b) Cualquier miembro de pleno derecho puede presentar solicitudes de exclusión. El consejo decide sobre estas solicitudes y comunica el resultado por escrito a los interesados, con referencia a la posibilidad de recurrir ante el Consejo Regulador.
§ 11 Contribuciones y cuotas del club
(1) Las normas de aportación determinan el importe de la aportación, las tasas de admisión y los gastos de tramitación (por ejemplo, al abandonar la empresa).
(2) Las contribuciones especiales o el pago de recargos sólo podrán ser decididos por la asamblea en casos excepcionales y por razones importantes.
(3) Las solicitudes de aplazamiento, condonación o reducción de contribuciones o tasas deberán presentarse por escrito a la oficina; la junta decide sobre estas solicitudes.
(4) Los atrasos en las contribuciones y tasas se pueden cobrar mediante acciones legales después de que se haya emitido un recordatorio.
(5) Los miembros honorarios y los árbitros son generalmente gratuitos. Los empleados del departamento de juventud pueden solicitar cotizaciones gratuitas.
§ 12 Sanciones y Quejas
(1)
a) Las infracciones de los socios en el ámbito deportivo o en caso de retraso en las aportaciones superiores a seis meses así como otras conductas perjudiciales para el club podrán ser sancionadas por la directiva mediante:
referencia
Prohibición de participación en eventos del club.
Prohibición de operaciones de entrenamiento y/o competición.
Exclusión del club
b) La decisión deberá comunicarse por escrito, con referencia a la posibilidad de recurso ante el Consejo Regulador.
(2) Las reclamaciones contra sanciones son posibles dentro de las 2 semanas siguientes a la notificación (recibo) al Consejo de Control. La decisión final también deberá comunicarse por escrito a los afectados.
III. Sección
CUERPOS
§ 13 Órganos
Los órganos de la asociación son:
la asamblea general,
el tablero
hay tablero de control
§ 14 Asamblea General (MV)
(1) La asamblea general es el máximo órgano de toma de decisiones. Todos los miembros de pleno derecho de la asociación tienen derecho a votar de conformidad con la Sección 6 (1) (a).
(2) La asamblea general ordinaria se celebra una vez al año.
(3) A petición de la junta directiva (si existe buena causa) o a petición de al menos un tercio de los miembros titulares, deberá convocarse una asamblea general extraordinaria.
(4) La fecha de cada junta general deberá ser anunciada por escrito con al menos 3 semanas de antelación por un miembro autorizado de la junta directiva. La notificación se realiza anunciando los puntos del orden del día (TOP) en un tablón de anuncios. Toda asamblea general debidamente convocada tiene quórum
(5) La asamblea general elige y confirma a la junta directiva y al consejo de control. También puede expulsar a personas individuales de estos organismos por razones importantes.
(6) La asamblea general está presidida por el presidente, pero no durante su elección. También se podrá nombrar a otro miembro del consejo para gestionarlo.
(7) En cada reunión ordinaria, el consejo informa sobre el trabajo realizado, presenta un informe financiero y presenta las solicitudes de resolución existentes.
(8)
a) Las solicitudes deberán presentarse por escrito y deberán ser recibidas en la oficina al menos 1 semana antes de la fecha de la reunión. Pueden ser vistos por los miembros del Presidium.
b) Las solicitudes de modificación de los estatutos deberán recibirse con al menos 4 semanas de antelación y deberán anunciarse inmediatamente.
c) Las solicitudes recibidas posteriormente sólo podrán presentarse como solicitudes urgentes con especial justificación y sólo serán admitidas si la junta general lo decide por mayoría de dos tercios. Quedan excluidas las solicitudes urgentes de modificación de los estatutos.
(9)
b) La asamblea general tendrá quórum cualquiera que sea el número de miembros presentes. En el caso de resoluciones y elecciones, decidirá la mayoría simple de los votos válidos emitidos; el empate significará rechazo.
b) Las modificaciones de los estatutos requieren una mayoría de 2/3 de los votos válidos emitidos.
c) Deberá realizarse votación secreta si lo solicita el 10% de los miembros titulares presentes.
(10)
a) De cada reunión se deberá levantar acta, la cual deberá ser suscrita por el presidente de la reunión y el respectivo levantador de actas.
b) Si fuera necesario, podrá solicitarse al consejo el acta de la junta general para su inspección.
§ 15 Consejo de Administración
(1) La junta está formada por:
a) 1er Presidente
b) 2do presidente
c) Tesorero
d) oficial deportivo
f) Oficial juvenil
g) Secretario
h) Presidente del árbitro
i) tres evaluadores
(2) El primer presidente, el segundo presidente y el tesorero gestionan la asociación en unión personal.
(3) La junta directiva en el sentido del párrafo (1) tendrá quórum si están presentes cuatro de los miembros actuales de la junta directiva. En caso de empate, será decisivo el voto del 1.º presidente, en caso de ausencia, el voto del 2.º presidente y, en caso de ausencia, el voto del tesorero.
(4) El primer presidente, el segundo presidente y el tesorero representan a la asociación según el artículo 26 del Código Civil alemán (BGB). La asociación está representada dentro y fuera de los tribunales por dos de los tres miembros de la junta directiva mencionados anteriormente.
(5) La junta directiva es elegida por la asamblea general por un período de 2 años. Cada uno de los miembros de la junta directiva permanecerá en sus cargos hasta que se elija el nuevo miembro de la junta directiva respectivo. La junta reemplaza a los miembros salientes mediante resolución hasta la próxima asamblea general o la elección correspondiente.
§ 16 Deberes del consejo de administración
(1) La junta directiva representa a la asociación interna y externamente y ejecuta los acuerdos de la junta general. Dirige la asociación según lo exige el bienestar de los miembros y el propósito de la asociación.
(2) Deberá prepararse un informe anual para cada ejercicio financiero anterior, que también contenga el saldo de caja.
(3) La junta debe otorgar honores. Más detalles están regulados por el Código de Honor.
(4) Las discusiones y resoluciones del Consejo de Administración son estrictamente confidenciales. La junta decide sobre las publicaciones.
(5) La junta directiva puede encargar a otras personas la representación de los intereses de la asociación.
§ 17 Tablero de control
(1) Cualquier miembro puede apelar ante el Consejo Regulador.
(2) Está formado por tres miembros plenos que son elegidos por la Asamblea General por un período de 2 años y permanecen en el cargo hasta que se elija un nuevo miembro.
(3) Los miembros del consejo regulador no podrán pertenecer al consejo. Si están presentes dos miembros, el Consejo Regulador tiene quórum. Las decisiones requieren mayoría simple.
(4) El Consejo de Control arbitra y decide los conflictos relacionados con los clubes, revisa las sanciones, supervisa el cumplimiento de las resoluciones de la asociación general y actúa como auditor. En su función de auditor, deberá realizar con suficiente antelación antes de la junta general de cada año un control de caja sobre la exactitud de las cifras y la integridad de los ingresos e informar de ello a la junta general.
Sección IV.
MISCELÁNEAS
§ 18 Exclusión/limitación de responsabilidad, etc.
(1) La asociación no se hace responsable de los daños y perjuicios sufridos por los miembros.
(2) La responsabilidad por incumplimiento de deberes por parte de miembros, órganos y auxiliares de la asociación se limita al dolo y a la negligencia grave.
(3) Si los órganos o miembros individuales de la misma, pero también los agentes indirectos, cometen un incumplimiento del deber por negligencia leve en el ejercicio del ámbito de actividad que les ha sido asignado, la asociación deberá eximirlos de responsabilidad, a menos que hayan Se garantiza su propio seguro de responsabilidad y compensación por daños.
§ 19 Bienes del club
(1) La asociación es responsable de todas las obligaciones exclusivamente con los activos de la asociación (saldo de caja e inventario).
(2) Los bienes, excedentes y beneficios sólo podrán utilizarse para los fines legales.
(3) Los miembros no tienen participación en el patrimonio de la asociación.
§ 20 Disolución del club
(1) La disolución es posible en cualquier momento.
(2) La junta general decide sobre este asunto en una junta general extraordinaria convocada específicamente para este fin por una mayoría de tres cuartos.
(3) Si el club se disuelve o si dejan de existir fines fiscales privilegiados, sus activos pasan a la Federación de Fútbol de Berlín, que debe utilizarlos directa y exclusivamente para fines fiscales privilegiados.
§ 21 Entrada en vigor, etc.
(1) Las modificaciones de los estatutos sólo surtirán efecto tras su inscripción en el registro de asociaciones.
(2) Las elecciones, especialmente las del consejo de administración, tienen efecto inmediato a menos que se especifique lo contrario.
(3) Si el tribunal de registro y/o la oficina tributaria de sociedades se opone a los estatutos modificados o a cambios posteriores, la junta está autorizada en el sentido del artículo 26 del Código Civil alemán (BGB) a modificarlos para subsanar el objeciones.
(4) Estos estatutos fueron revisados en la asamblea general del 12 de abril de 2012 y promulgados completamente en esta versión.
Datos bancarios:
FC Treptow e. v.
IBAN: DE57 1009 0000 3946 9680 04
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